GOMEZ, CARLOS ALBERTO Y OTRO S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN GOMEZ CARLOS ALBERTO Y OTROS CONTRA OSCBA (OBRA SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES) SOBRE DAÑOS Y PERJUICIOS (EXCEPTO RESP. MEDICA)
La regulación de honorarios de las letradas del Banco de la Provincia de Buenos Aires en contestaciones a recursos del GCBA fue rechazada por el tribunal, ya que la petición no fue acreditada y la regulación de honorarios se encuentra prevista como de oficio por la ley.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El apoderado del Banco de la Provincia de Buenos Aires solicitó al tribunal que se regulasen los honorarios de las abogadas Graciela Elvira Curotto y María Claudia Larralde por su labor en las contestaciones a recursos de apelación y de inconstitucionalidad del GCBA, en la causa que concluyó con sentencia el 15/11/2017. La sentencia declaró mal concedidos los recursos del GCBA y ordenó costas a la vencida. La jueza Marcela De Langhe consideró que, si bien la ley nº 5134 establece que los honorarios deben regularse de oficio al dictarse sentencia, la petición del representante del Banco no fue acreditada, ya que no se acreditó la representación de las letradas, además, la condena en costas a favor del Banco implica que debe pagar los honorarios de las profesionales. Sin embargo, la mayoría del tribunal resolvió no expedirse en la regulación en esta oportunidad, por considerar que la solicitud fue insuficiente y que la regulación puede realizarse de oficio en otros casos. Los jueces Lozano, Ruiz, Weinberg, y Otamendi adhieren al rechazo del pedido, que fue resuelto por mayoría.
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