Logo

RepartosYa SA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (LABORAL) en SPERK GONZALO AGUSTÍN ARIEL C/ REPARTOSYA S.A. S/ MEDIDA CAUTELAR (EXPTE 18.196/2020) - SALA VI CNAT

La Cámara de Apelaciones en lo Laboral confirmó la medida cautelar de desbloqueo del acceso a la aplicación informática de Repartos Ya SA en favor de la actor, pero fue reconsiderada por el Tribunal Superior que ordenó reponer el trámite del recurso de inconstitucionalidad para determinar su admisibilidad.

Admisibilidad del recurso Facultades jurisdiccionales Competencia local Recurso de inconstitucionalidad Tribunal superior de la causa Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Autonomia local Facultades del tribunal superior


- Quién demanda: Repartos Ya SA

¿A quién se demanda?

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala III)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La queja por la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución de la Cámara que confirmó la mantenimiento de la medida cautelar de acceso a la aplicación informática y que denegó in limine el recurso de inconstitucionalidad

¿Qué se resolvió?

Se deja sin efecto la decisión que denegó el recurso y se ordena que la Sala III de la Cámara confiera traslado del recurso para que se evalúe su admisibilidad, en cumplimiento de los procedimientos legales

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal recordó que, en sentencias previas, afirmó su competencia para conocer en materia de recursos de inconstitucionalidad contra resoluciones de tribunales nacionales ordinarios, en virtud del artículo 113, incisos 3° y 4° de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y la ley n° 402. Se señaló que la decisión de la Cámara de denegar el recurso no consideró lo resuelto en antecedentes y que no se dio traslado ni juicio de admisibilidad, lo cual viola las garantías del debido proceso y las reglas del procedimiento. Se resaltó que la ley n° 402 establece claramente los pasos a seguir en estos recursos, incluyendo la necesidad de otorgar traslado para que la parte tenga oportunidad de defenderse. Se advirtió que la omisión de realizar dicho trámite compromete el derecho de defensa y que no debe hacerse una interpretación extensiva o excepcional que contradiga el sistema legal. Se resaltó que el proceder correcto es devolver las actuaciones a la Cámara para que conceda el traslado del recurso y resuelva su admisibilidad, respetando lo previsto en la ley. Se mencionó la posible implicancia de un pronunciamiento de la Corte de Justicia respecto a la competencia en estos casos y se destacó la importancia de agilizar la resolución para garantizar la tutela judicial efectiva. La decisión se basa en que las instancias anteriores omitieron el trámite legal de traslado del recurso, por lo que corresponde dejar sin efecto la denegatoria y reponer el procedimiento.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar