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MINISTERIO PÚBLICO - DEFENSORÍA GENERAL DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS BOLIVIA 2040, OCUPANTE DE LA FINCA SOBRE 00 - PRESUNTA COMISION DELITO (COMPETENCIA)

El Ministerio Público Fiscal interpuso queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad en causa penal. La Sala III declaró inadmisible el recurso por insuficiencia en la fundamentación y rechazó la solicitud de efecto suspensivo, confirmando la decisión de la instancia inferior.

Plazos procesales Sentencia definitiva Excepcion de falta de accion Archivo de las actuaciones Investigacion penal preparatoria Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Vencimiento del plazo Continuacion del proceso judicial


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal

¿A quién se demanda?

Sala III del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Recurso de inconstitucionalidad contra una resolución que revocó una decisión previa y sobreseyó al imputado en un proceso penal por resistencia o desobediencia a la autoridad.
- Decisión del tribunal: La Sala III declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad por considerar que no se logró plantear un concreto caso constitucional ni acreditar la arbitrariedad del pronunciamiento impugnado. Además, rechazó la solicitud de efecto suspensivo argumentando que no estaba demostrado que la denegación del recurso hubiera sido mal denegada ni que la medida fuera indispensable para preservar efectos de la sentencia. Fundamentó que el recurso fue sustentado en interpretaciones de normas infraconstitucionales y que no se configuró una afectación constitucional concreta. Fundamentos principales de la decisión: "La parte recurrente ha peticionado que el Tribunal haga excepción a la regla según la cual la queja no suspende la ejecución de la decisión contra la que se interpuso el recurso de inconstitucionalidad (cf. art. 33, ley nº 402); sin embargo, no muestra que sea evidente que su recurso de inconstitucionalidad hubiera sido mal denegado, así como tampoco que la medida solicitada sea indispensable para preservar los efectos de la sentencia que pudiera emitir este Tribunal, de prosperar sus planteos." "Por las consideraciones expuestas, corresponde rechazar la solicitud efectuada." La sentencia sustenta que la denuncia de arbitrariedad o vulneración constitucional requiere la demostración de un daño o afectación concreta, lo cual no ocurrió en el presente caso, donde los agravios se basaron en interpretaciones de normas infraconstitucionales. Además, la solicitud de efecto suspensivo fue desestimada por la falta de prueba de la necesidad de dicha medida para garantizar derechos constitucionales o efectos de una posible futura sentencia.

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