INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS CACERES, JUAN MARCELO SOBRE 149 BIS - AMENAZAS
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires resuelve elevar la causa a la CSJN para dirimir el conflicto de competencia entre este tribunal y la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial. La decisión se fundamenta en la existencia de una contienda positiva de competencia, que requiere una resolución del tribunal superior nacional para garantizar la seguridad jurídica y la economía procesal.
¿Quién es el actor?
Cometrans S.A.
¿A quién se demanda?
Tren de Buenos Aires S.A. en el proceso de quiebra y el recurso de inconstitucionalidad
- Objeto de la demanda: Recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra decisiones judiciales en el marco de un proceso de quiebra
¿Qué se resolvió?
La sentencia del 23 de noviembre de 2022 dejó sin efecto un auto denegatorio del recurso de inconstitucionalidad y dispuso que la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial expresara su criterio sobre la admisibilidad del recurso. La Sala D resolvió desestimar lo decidido por el Tribunal, generando un conflicto de competencia que debe ser resuelto por la CSJN. El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, en vista de la contradicción, decidió elevar las actuaciones a la CSJN para que dirima la contienda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Se destaca que las sentencias de ambas instancias expresan posiciones contrarias respecto de la competencia para conocer en la causa sobre recursos de inconstitucionalidad y decisiones sobre su admisibilidad. El Tribunal hace referencia a la doctrina establecida en la causa “Levinas”, que regula la competencia en estos supuestos, y enuncia que la existencia de una contienda positiva de competencia requiere la intervención del tribunal superior nacional. Se explica que la controversia radica en la competencia entre este Tribunal y la Sala D, en un conflicto que debe resolverse para garantizar la seguridad jurídica y evitar la doble instancia. La resolución se fundamenta en la necesidad de que la CSJN dirima la controversia, siguiendo la doctrina del precedente “Bazán”, y en la importancia de determinar cuál órgano es el tribunal superior en la causa, en atención a la jerarquía y la competencia. Se remite a la jurisprudencia previa del Tribunal en otros casos similares, como el expediente n° 16374/19, sentencia del 5 de marzo de 2021, que también abordó conflictos de competencia entre tribunales judiciales de la Ciudad y la CSJN.
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