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COMETRANS S.A. S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (COMERCIAL) EN TRENES DE BUENOS AIRES S.A. S/ QUIEBRA C/ COMETRANS S.A. S/ ORDINARIO (EXPTE. N° 4100/2016)

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires resolvió elevar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación un conflicto positivo de competencia entre este tribunal y la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial. La decisión busca que la Corte dirima la disputa para garantizar la seguridad jurídica y la economía procesal.

Quiebra Competencia de la corte suprema Conflicto positivo de competencia Recurso de inconstitucionalidad Extension de la quiebra Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Elevacion de las actuaciones Tsj / cam.nac.comercial

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor Cometrans S.A. interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra una resolución de la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, que resolvió desestimar lo decidido por el Tribunal Superior en una sentencia del 23 de noviembre de 2022. La controversia radica en la competencia de este Tribunal para conocer del recurso de inconstitucionalidad en causas tramitadas ante la Justicia Nacional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La sentencia del 23/11/2022 había decidido dejar sin efecto un auto denegatorio del recurso y ordenar que la Sala D de la Cámara confirmara el traslado del recurso para que fuera resuelto sobre su admisibilidad. La Sala D de la Cámara, en cambio, resolvió desestimar esa decisión, generando un conflicto de competencia entre ambos órganos jurisdiccionales. Los jueces del Tribunal Superior de Justicia concluyeron que se configura un conflicto positivo de competencia que debe ser resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en línea con la doctrina establecida en precedentes como “Levinas” y “Bazán”. La resolución se fundamenta en que la situación involucra una controversia entre órganos de distintos niveles jerárquicos y jurisdicciones, y que la competencia debe ser dirimida por el máximo tribunal federal para garantizar la coherencia y la seguridad jurídica en la interpretación de las competencias. La sentencia ordena elevar las actuaciones a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y que se registre, notifique y cumpla la resolución.

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