INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS DAVALOS, BRAIAN GUSTAVO NAHUEL SOBRE 80 11 - HOMICIDIO AGRAVADO CONTRA MUJER / CON VIOLENCIA DE GÉNERO
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 9 en un incidente de competencia por hechos de violencia de género ocurridos el 2 de abril de 2021. La decisión se basa en criterios de eficiencia, antecedentes jurisprudenciales y el carácter de los delitos relacionados con violencia contra la mujer.
¿Quién es el actor?
Fiscalía General Adjunta y partes involucradas en el proceso penal.
¿A quién se demanda?
La causa en la que se investigan hechos de violencia de género y otros delitos relacionados, en particular lesiones leves agravadas y hurto, ocurridos el 2 de abril de 2021.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Determinar la competencia del tribunal para entender en el proceso, ante la existencia de conflictos entre juzgados y considerando el contexto de violencia de género.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 9, en virtud de la ley nº 26702, la jurisprudencia y la necesidad de unificar el conocimiento del caso por razones de eficiencia y protección de los derechos de las víctimas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La naturaleza prolongada y cíclica de los delitos de violencia contra la mujer requiere que un solo tribunal intervenga en todas las actuaciones, garantizando así una adecuada administración de justicia y cumplimiento de compromisos internacionales." "La decisión del juzgado nacional de declinar su competencia y la posterior remisión del expediente a este Tribunal obedecen a criterios de mejor administración y la necesidad de evitar la duplicidad de procesos, considerando el avance y las pruebas recabadas en la jurisdicción local." "La jurisprudencia de la CSJN en 'Bazán' establece que en conflictos de competencia en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde al Tribunal Superior resolver." "El interés en unificar la causa en un único tribunal busca la protección efectiva de la víctima y la coherencia en la persecución penal de hechos relacionados." La jueza Alicia E. C. Ruiz expresó que, aunque discrepa con la jurisprudencia de la Corte Suprema en otros precedentes, en este caso se acata la doctrina mayoritaria y se prioriza la competencia del tribunal local por la naturaleza del hecho y la protección de la víctima. El juez Luis Francisco Lozano coincidió en que la naturaleza del delito de lesiones y su conexidad con otros hechos justifican la competencia del tribunal local, en línea con la política de protección integral de la violencia de género.
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