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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en MOLINA, GABRIELA ELIZABET CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

La Cámara Superior desestimó la queja del GCBA contra la denegación de su recurso de inconstitucionalidad, confirmando la inadmisibilidad del mismo y la competencia del juez a cargo de la causa para resolver cuestiones de prescripción en acciones declarativas vinculadas a ejecuciones fiscales.

Fundamentacion del recurso Remuneracion Diferencias salariales Falta de fundamentacion Empleo publico Reencasillamiento Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Adicionales de remuneracion

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La queja del GCBA fue interpuesta contra la resolución que denegó su recurso de inconstitucionalidad respecto a una sentencia que rechazó su planteo de prescripción en una acción declarativa de certeza promovida por Inversora Niweas SA.
- La actora solicitó la declaración de extinción por prescripción de tributos y créditos fiscales, buscando cesar la incertidumbre jurídica sobre sus derechos.
- La Cámara consideró que la vía declarativa no era adecuada para discutir la prescripción en causas de ejecución fiscal, ya que esa cuestión corresponde al juez que tiene a cargo la ejecución, conforme a la normativa del CCAyT y la Constitución, y que la acción declarativa es excepcional y no procedía en ese marco.
- La sentencia señala que la vía elegida por la actoría para discutir la prescripción afecta la competencia natural del juez de la ejecución y vulnera la regla de que la decisión final en una causa corresponde al juez que la conoce.
- La Cámara explicó que la interpretación del GCBA desconoce la normativa sobre competencia en la ejecución de sentencias y la función del juez natural, además de que el medio procesal adecuado para discutir la prescripción es la vía de la ejecución, no una acción declarativa.
- Asimismo, se sostuvo que la decisión recurrida equivale a una resolución definitiva que afecta derechos del GCBA sin ser propiamente tal, vulnerando principios constitucionales y la división de poderes. Fundamentos principales: “Dicho ello, asiste razón al GCBA en cuanto afirma que las cuestiones que la actora pretende encauzar por vía declarativa deben ser ventiladas y resueltas por la jueza o el juez que tiene a cargo la ejecución de las sentencias cuya posibilidad de ejecución pretende la parte actora controvertir. Así lo manda el artículo 394 del CCAyT, cuyo inciso primero dispone que: ‘Es tribunal competente para la ejecución: 1. El que pronunció la sentencia’”. “La interpretación de la Cámara, además, conlleva desmembrar causas poniendo aspectos de ellas a consideración de jueces diferentes; y, en última instancia, admitir que la decisión de uno pueda, como advierte acertadamente el recurrente, anular la ejecutividad de un acto dictado por otro en el ejercicio de su competencia, cosa que, por imperio de la cosa juzgada, no podría hacer ni el mismo juez que dicto la decisión”. “El adecuado respeto que merecen las decisiones judiciales, impide que se las obstaculice con medidas de no innovar dictadas en juicios diferentes” (Fallos 319:1325). “Las decisiones judiciales firmes no

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