INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS N., N. SOBRE 77 1ER PÁRR - SUPLANTACIÓN DIGITAL DE IDENTIDAD (ART. 71 QUINQUIES 1ER PÁRR SEGÚN LEY 6128) S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires resolvió la competencia en incidentes de incompetencia en autos relacionados con hechos de amenazas coactivas en contexto de violencia doméstica. La decisión fue que la justicia nacional debe intervenir, tras analizar la naturaleza del delito y la acumulación de causas, y considerando la resolución de archivo parcial por parte de la Fiscalía.
- Quién demanda: La víctima, en relación a hechos ocurridos en el contexto de violencia familiar.
¿A quién se demanda?
Su expareja, imputado por amenazas coactivas y otros hechos vinculados.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La resolución de conflicto de competencia entre juzgados locales y nacionales respecto a la investigación de amenazas coactivas en el marco de violencia doméstica.
¿Qué se resolvió?
Se concluyó que la competencia corresponde a la justicia nacional, dado que los hechos investigados encuadran prima facie en el delito de amenazas coactivas del art. 149 bis, segundo párrafo, del Código Penal, y por la acumulación de causas relacionadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Fiscalía y los jueces contendientes consideraron que los hechos, en su análisis preliminar, configuraban amenazas coactivas, y que la existencia de causas duplicadas y la naturaleza del delito justificaban la competencia del fuero nacional. La resolución de la Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 28, dispuso el archivo parcial por atipicidad, pero no alteró la competencia determinada. La jurisprudencia citada, incluyendo el precedente “Bazán”, respalda la competencia de la justicia nacional en estos casos cuando hay un interés transnacional o doble tipificación. La mayoría del Tribunal concluyó que, en virtud del análisis de los hechos y la acumulación de causas, corresponde dar intervención a la justicia nacional, remitiendo las actuaciones al Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 1, y finalizando el incidente.
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