GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en GUANTAY, CARMEN ROSA CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resuelve declarar la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 31 en un incidente de declinatoria de competencia en causa por daños y posible tentativa de robo en local comercial. La decisión se basa en la interpretación del precedente “Bazán” y en la evaluación de los elementos probatorios del expediente.
Actor: Fiscalía local y policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Demandado: No especificado, en el marco de la causa por daños en local comercial y tentativa de robo Objeto de la demanda: Decisión sobre la competencia jurisdiccional para investigar y sustanciar el hecho denunciado
¿Qué se resolvió?
Se declara la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 31, en línea con el criterio establecido por la jurisprudencia y considerando que el hecho encuadra en el delito de daños (art. 183, CP), descartando inicialmente la calificación de tentativa de robo por insuficiencia de elementos probatorios.
Fundamentos principales de la decisión:
- La jueza Alicia E. C. Ruiz remite las actuaciones al Tribunal Superior de Justicia en atención a la jurisprudencia del precedente “Bazán” (Fallos: 342:509), que establece que en conflictos de competencia entre magistrados en jurisdicciones no federales en la Ciudad Autónoma, corresponde al Tribunal Superior resolverlos.
- La opinión mayoritaria coincide en que, a partir de los elementos del expediente, la conducta más concreta es la de daños, por lo que procede radicar las actuaciones en el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 31.
- La evaluación del relato policial y la declaración del funcionario policial indican que no hay suficientes indicios para configurar el delito de tentativa de robo, sino que la conducta encuadra en daño, competencia del juzgado local.
- La declaración de incompetencia de los otros juzgados y remisión del incidente a este Tribunal se fundamenta en la existencia de una disputa sobre la competencia y en la aplicabilidad del criterio jurisprudencial establecido en “Bazán”.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: