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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en TOMARCHIO CLELIA ELSA CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES)

La queja del GCBA contra la decisión que denegó su recurso de inconstitucionalidad fue rechazada por insuficiencia en la fundamentación y por no acreditar la existencia de un caso constitucional o arbitrariedad. El tribunal confirmó la validez de las decisiones previas y rechazó los agravios del GCBA.

Fundamentacion del recurso Remuneracion Diferencias salariales Falta de fundamentacion Cuestiones de hecho y prueba Empleo publico Profesionales de la salud Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad

Actor: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) Demandado: Tomarchio Clelia Elsa

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que confirmó la reconocimiento de diferencias salariales y encasillamiento en la categoría profesional de la actora, por asignación de tareas propias de su carrera.

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la queja del GCBA, afirmando que no se configuraron los requisitos constitucionales ni de arbitrariedad para su admisión. La decisión de la Cámara fue fundada en que las cuestiones planteadas remitían a valoración de hechos y prueba, que es materia privativa de los jueces del caso. Fundamentos principales:
- La queja por incumplimiento en la fundamentación fue considerada insuficiente, ya que no se presentó una crítica concreta, desarrollada y fundada en los términos que exige la ley 402.
- La resolución de la Cámara que confirmó la sentencia de primera instancia se basó en que no existía un caso constitucional o de arbitrariedad, sino una mera disconformidad con la valoración de hechos y prueba.
- La valoración de tareas y su relación con la categoría escalafonaria es competencia de los jueces de la causa, y no se evidenció arbitrariedad en su valoración.
- La asignación de tareas dentro de diferentes escalafones no implica necesariamente un derecho automático a la percepción del salario correspondiente a una categoría superior, dado que ello contravendría normas legales y principios de igualdad.
- La jurisprudencia citada sostiene que la posición escalafonaria se determina mediante procedimientos administrativos reglados y que la simple asignación de tareas no otorga derecho a un reencasillamiento salarial.
- La decisión de la Cámara de revocar el reconocimiento de diferencias salariales por tareas ejercidas en un régimen distinto al propio de la carrera de la actora fue fundada en la normativa aplicable y en principios de igualdad y legalidad.

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