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REPARTOS YA S.A. S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (LABORAL) EN BENITEZ, ULISES ALFREDO C/ REPARTOS YA S.A. S/MEDIDA CAUTELAR (EXPTE. N° 24856/2020 - SALA I CAMARA LABORAL)

El Tribunal desestima la queja del actor contra el rechazo in limine de su acción de amparo por considerar que no encuadra en los supuestos constitucionales. La decisión se fundamenta en la incumplimiento de los requisitos del art. 113 de la Constitución de la Ciudad, y en la naturaleza del recurso, que no permite impugnar actos de órganos del poder judicial.

Competencia de la corte suprema Conflicto positivo de competencia Recurso de inconstitucionalidad Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Elevacion de las actuaciones Tsj / cam.nac.trabajo


- Quién demanda: Jorge Orlando Julián

¿A quién se demanda?

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Sala K

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de nulidad de la sentencia del 27/3/2023 que desestimó su acción de amparo, por considerar que fue un rechazo in limine por arbitrariedad.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal Superior de Justicia rechaza la queja y confirma el rechazo de la acción de amparo. La fundamentación principal señala que la presentación no encuadra en los supuestos del art. 113 de la Constitución de la Ciudad, ya que la vía de amparo no es procedente para impugnar actos de órganos del poder judicial, y que la vía elegida sería para evitar efectos de una sentencia firme. El tribunal sostiene: “la vía elegida por el amparista tendría por objeto impugnar un acto emanado de un órgano del poder Judicial y evitar los efectos de la sentencia que se encuentra firme”. Además, destaca que la presentación fue desestimada en primera instancia y confirmada en segunda instancia, y que no existen fundamentos válidos para modificar esa decisión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La presentación formulada por el actor no encuadra en ninguno de los supuestos previstos por el art. 113 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, razón por la que corresponde su rechazo in limine." La sentencia enfatiza que la vía de amparo no es el medio adecuado para cuestionar actos de órganos judiciales, y que la solicitud del actor constituye un intento de impugnar una sentencia firme, lo cual no es procedente por esa vía. La doctrina de la arbitrariedad alegada por el actor no es suficiente para habilitar la vía de amparo en estos casos.

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