MINISTERIO PÚBLICO - DEFENSORÍA GENERAL DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS LENCINA, CLAUDIO EXEQUIEL Y OTROS SOBRE 189 BIS (2) - TENENCIA DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resolvió que corresponde continuar con la intervención de la justicia nacional en un incidente de competencia vinculado a hechos enmarcados en un contexto de violencia de género, priorizando la unidad y la conexidad subjetiva entre los casos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor denuncia un conflicto de competencia entre diferentes juzgados de la justicia local y nacional. La causa inicial, relacionada con violencia de género y una orden de prohibición de acercamiento, fue iniciada en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 15, que encuadró la conducta en el art. 239 del CP. Los juzgados en cuestión se declararon incompetentes, uno por transferencia y otro por conexidad subjetiva, solicitando remitir la causa al tribunal superior. El Fiscal Adjunto opinó a favor de que la justicia nacional continúe con la causa por conexidad subjetiva y en concordancia con antecedentes doctrinales y constitucionales. La jueza Alicia E. C. Ruiz sostuvo que, en casos de violencia de género, la unidad de intervención judicial resulta fundamental por la continuidad en la situación conflictiva y la protección de derechos de las víctimas, respaldando la competencia del tribunal nacional. El juez Lozano propuso radicar las causas en el juzgado penal correspondiente. El Tribunal, por mayoría, declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 15, remitiendo las actuaciones a dicho tribunal, en sintonía con la doctrina de priorización de la unidad jurisdiccional en estos casos.
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