MFR SOBRE 89 - LESIONES LEVES S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires confirma la competencia del Juzgado en lo Criminal y Correccional nº 23 en un incidente de competencia relacionado con hechos de abuso sexual y suministro de estupefacientes a menor de edad. La decisión se basa en la conexidad de los hechos y la protección de la víctima menor de edad.
- Quién demanda: No aplica, es un incidente de competencia.
¿A quién se demanda?
No corresponde, es una resolución de competencia.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declinación de competencia entre distintos juzgados y la decisión de cuál tribunal debe intervenir en la causa.
¿Qué se resolvió?
Se declara competente el Juzgado en lo Criminal y Correccional nº 23, en línea con la jurisprudencia y en protección de la víctima menor de edad. La decisión se fundamenta en la conexidad de los hechos, la continuidad probatoria y la protección de la menor, en consonancia con precedentes del tribunal. Se remite la causa y se notifica a las partes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Del relato de la niña surge que el suministro del estupefaciente no habría sido un hecho aislado sino que se repitió muchas veces y no habría estado disociado de los abusos sexuales que se investigan en la causa iniciada ante la justicia nacional." "Tratándose de un caso de violencia de género, resulta aconsejable que sea un mismo tribunal el que conozca en todos los hechos, correspondiéndole hacerlo, aunque no haya participado de la contienda." "También debe considerarse lo resuelto por la Corte Suprema en ‘N.N. s/averiguación de delito’ y ‘N.N. s/exhibiciones obscenas’, donde por hechos relacionados con delitos sexuales con víctimas menores de 18 años, se sostuvo la necesidad de investigar conjuntamente todos los hechos."
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