GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en CIRIGLIANO ANDREA VICTORIA Y OTROS CONTRA GCBA POR EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES s/ OTROS PROCESOS INCIDENTALES
El Tribunal Superior de Justicia reguló los honorarios de la abogada por su actuación en la contestación del recurso de inconstitucionalidad y confirmó el monto total de honorarios fijados en $652.380, ajustados por la jurisprudencia y normativa aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, representada por María Silvina Marengo, solicitó la regulación de honorarios por su labor como patrocinante y apoderada en la contestación del recurso extraordinario federal interpuesto por el GCBA contra una sentencia previa.
- La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo elevó los honorarios a $679.300, sumando tareas realizadas en la primera instancia y posteriores a la sentencia.
- El Tribunal analizó las normas de regulación de honorarios (art. 29, 30, 31 de la ley 5134) y la jurisprudencia, concluyendo que la suma total a regular por la labor profesional de la letrada es de $652.380, con una distribución en honorarios por su actuación como patrocinante y apoderada, ajustada a los límites y principios de proporcionalidad y razonabilidad.
- La regulación final, por mayoría, fija los honorarios en la suma de $652.380, con la correspondiente incorporación del IVA si fuera aplicable.
- Se destaca que la regulación de honorarios en esta instancia respeta los límites mínimos y máximos establecidos por la ley, ponderando la complejidad y la etapa procesal.
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