GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en GRANDINETTI, MARTIN HORACIO Y OTROS CONTRA GCBA POR EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
El tribunal regula honorarios profesionales de abogada por contestación de recurso federal y fija suma total considerando la sentencia de primera instancia y los parámetros legales
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La abogada María Silvina Marengo solicitó la regulación de sus honorarios por su actuación como apoderada y patrocinante en la contestación del recurso extraordinario federal interpuesto por el GCBA en el expediente 15166/2016-1.
- La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo confirmó los honorarios regulados en primera instancia en la suma de $463.983, y estableció que, considerando la complejidad y la calidad de la labor, corresponde regularla en un 35% de esa base, es decir, $162.394, por la actuación en la contestación del recurso federal, sumando además IVA si corresponde.
- El tribunal analizó los principios de proporcionalidad y razonabilidad en la regulación de honorarios, destacando que la ley 5134 prevé que las actuaciones en recursos de segunda instancia se regulen entre el 30% y 40% de la suma fijada en primera instancia, y que el mínimo legal para recursos ante el Tribunal Superior de Justicia no debe ser inferior a 20 UMA, pero que la regulación debe ponderar la complejidad y la etapa procesal.
- Se enfatizó que la regulación en este caso debe ser proporcional, considerando la dificultad y el resultado favorable de la parte actora, y que la suma total de honorarios regulada en la sentencia de la Cámara es adecuada y ajustada a los principios legales y jurisprudenciales.
- Finalmente, el tribunal regula los honorarios de la abogada en la suma de $652.380, sumando los honorarios por actuaciones en distintas instancias y etapas, con la correspondiente adición del IVA si correspondiere.
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