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SILVESTRE, ANALI SILVIA Y OTROS s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en SILVESTRE ANALI SILVIA Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (NO CESANTIA NI EXONERACION)

La Cámara de Apelaciones en lo CATyRC denegó el recurso de inconstitucionalidad del GCBA y rechazó la solicitud de suspensión del proceso; el Tribunal Superior de Justicia confirmó la decisión por no acreditar una razón seria que justifique la excepción a la regla general.

Recurso extraordinario federal Remuneracion Diferencias salariales Empleo publico Fondo nacional de incentivo docente Caracter no remunerativo Cuestion no federal Adicionales de remuneracion

Solicitud de suspensión del proceso mediante la aplicación del artículo 32 in fine del CCAyT, mientras se resuelve la queja por inconstitucionalidad

¿Qué se resolvió?

El Tribunal rechazó la petición de suspensión por no acreditar argumentos suficientes que justifiquen la excepción a la regla, reafirmando que la queja no suspende automáticamente el proceso y que la parte recurrente no presentó razones que evidencien un perjuicio irreparable o la necesidad de una medida cautelar urgente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La parte recurrente ha peticionado que el Tribunal haga excepción a la regla según la cual la queja no suspende —por regla— el “curso del proceso” (art. 33, ley 402). Sin embargo, no muestra que sea evidente que su recurso de inconstitucionalidad hubiera sido mal denegado, así como tampoco que la medida solicitada sea indispensable para preservar los efectos de la sentencia que pudiera emitir este Tribunal, de prosperar sus planteos." "La interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende —por regla— el “curso del proceso” (art. 33, ley 402). El Tribunal solo excepcionalmente puede resolver mediante “decisión expresa” la suspensión de los efectos o ejecución del pronunciamiento impugnado, previa evaluación de una razón seria que justifique esa excepción." "En estas actuaciones es posible advertir que la parte recurrente no expone argumentos suficientes sobre la magnitud y/o el carácter irreparable del perjuicio que le ocasionaría el cumplimiento de la sentencia cuestionada, que permitan hacer excepción a la regla general." "Como regla, la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende el curso del proceso. Excepcionalmente, este Tribunal puede, mediante resolución expresa, suspenderlo antes de pronunciarse sobre la admisibilidad de la queja, pero la recurrente no brindó razones suficientes que justifiquen esa excepción."

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