GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en TROVATO, SERGIO DANIEL CONTRA GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SOBRE INCIDENTE DE APELACION - OTRAS DEMANDAS CONTRA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA
La denegatoria del recurso de inconstitucionalidad del GCBA fue revocada, y las actuaciones devueltas para un nuevo pronunciamiento, por haberse interpretado erróneamente las normas vigentes en materia de derechos sociales y habitacionales.
¿Quién es el actor?
la Defensora Oficial en representación de sus hijos menores de edad y HTLM.
¿A quién se demanda?
el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
que se ordene al GCBA efectuar una propuesta concreta de alojamiento que garantice efectivamente el derecho a la vivienda del grupo familiar, y que se extienda la protección mientras dure la situación de vulnerabilidad.
¿Qué se resolvió?
se rechazó el recurso de inconstitucionalidad del GCBA, y se revocó parcialmente la sentencia de la Cámara, devolviendo las actuaciones para un nuevo análisis que considere las categorías de protección específicas previstas en la normativa vigente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Tribunal analizó que la jurisprudencia y la normativa local establecen que el derecho a la vivienda, en el marco de la Ciudad de Buenos Aires, tiene un alcance progresivo y condicionado a las categorías específicas de vulnerabilidad social. La ley 4036 y la ley 4.036, que regulan el acceso a prestaciones sociales y habitacionales, no establecen una obligación general del Estado de brindar alojamiento a todas las personas en situación de vulnerabilidad, sino que priorizan ciertos grupos (adultos mayores, personas con discapacidad, víctimas de violencia). La Cámara interpretó que la vulnerabilidad social era suficiente, pero ello no se ajusta a la normativa vigente, que requiere que la situación de vulnerabilidad sea acompañada de pertenencia a alguno de los grupos protegidos. La decisión de la Cámara extendió indebidamente la obligación del GCBA, por lo cual el Tribunal revocó esa sentencia, ordenando que se reexamine la situación en base a las categorías legítimas.
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