ACUÑA, MARIA SOLEDAD s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BARREYRO, EDUARDO DANIEL CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE INCIDENTE DE APELACION - ACCESO A LA INFORMACION (INCLUYE LEY 104 Y AMBIENTAL)
La queja del GCBA por denegatoria de recurso de inconstitucionalidad fue rechazada; el tribunal consideró que la argumentación del GCBA carece de fundamentación suficiente y que el fallo recurrido se basa en normativa infraconstitucional, no en interpretación constitucional directa.
Actor: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) Demandado: Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (en su carácter de órgano resolutor de la queja) Objeto: Revisión de la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad y que se revoque la decisión para que se dicte un nuevo pronunciamiento en línea con argumentos constitucionales. Decisión: Se rechaza la queja del GCBA por insuficiencia argumentativa, ya que no se cumplen los requisitos de fundamentación y la argumentación no logra vincularse con una cuestión constitucional concreta. Además, la sentencia impugnada se fundamenta en normativa infraconstitucional y no en interpretación constitucional directa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Corresponde rechazar la queja que interpusiera el GCBA toda vez que no satisface la carga de fundamentación que prescribe el artículo 33 de la ley n° 402. Es requisito necesario del recurso directo que contenga una crítica concreta, desarrollada y fundada del auto denegatorio del recurso de inconstitucionalidad. Y, este recaudo no se verifica en autos. La lectura de la presentación directa permite advertir que los dichos del GCBA no superan el nivel de una mera discrepancia, no fueron acompañados de una exposición seria que los justifiquen o respalden y no constituyen —en mérito de lo señalado— una crítica suficiente en los términos que exige el artículo 33 de la ley n° 402. La solución del caso no se basó en la interpretación directa de normas constitucionales, sino en normativa infraconstitucional." "El recurso de inconstitucionalidad debe fundamentarse en una crítica concreta y fundada respecto de la decisión impugnada, vinculada a una cuestión constitucional, lo cual no sucede en este caso."
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