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INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS BOGARIN ORTEGA, JONATHAN JOEL SOBRE 183 - DAÑOS

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró inadmisible el recurso extraordinario federal presentado por FCA S.A. contra la decisión que declaró la competencia del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario, fundamentando que FCA no fue parte en la contienda y que la resolución no es definitiva ni equiparable a tal.

Cuestion abstracta Conflicto negativo de competencia Remision de las actuaciones


¿Quién es el actor?

FCA S.A. de Ahorro para Fines Determinados

¿A quién se demanda?

Tribunal que resolvió la competencia en la causa, y en el expediente, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Secretaría n° 2 de la Oficina de Gestión Judicial en Relaciones de Consumo C.
- Objeto de la demanda: Recurso extraordinario federal contra la decisión que declaró la competencia del órgano jurisdiccional.
- Decisión del tribunal: Se declara inadmisible el recurso extraordinario, dado que FCA no fue parte en la contienda que motivó la pronunciamiento, y la resolución cuestionada no es de carácter definitivo ni equiparable a una sentencia definitiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal recordó que en la doctrina sentada por la CSJN en “Bazán”, los pronunciamientos que resuelven cuestiones de competencia no constituyen sentencias definitivas, salvo circunstancias excepcionales como la denegatoria del fuero federal o privación de justicia susceptible de reparación ulterior. La decisión cuestionada fue una resolución en un conflicto de competencia originado en un planteo de inhibitoria, no una sentencia definitiva, por lo que no puede ser objeto de recurso extraordinario. FCA no fue parte en la causa que motivó la decisión, por lo que su recurso carece de habilitación procesal. La invocación de garantías constitucionales y la alegación de arbitrariedad no superan la falta de carácter definitivo del pronunciamiento y su improcedencia como recurso extraordinario. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la causa “Bazán”, estableció que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es competente para dirimir conflictos de competencia entre órganos jurisdiccionales no federales con asiento en esta ciudad. La existencia de una controversia sobre la competencia no habilita la interposición de recurso extraordinario, dado que la resolución no afecta derechos sustanciales ni configura privación de justicia.

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