VALERA, CECILIA LAURA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en GCBA CONTRA KLEINE SILVINA VIVIANA SOBRE EJ.FISC. - INGRESOS BRUTOS
La Sala II del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la queja del GCBA contra la resolución que denegó su recurso de inconstitucionalidad, confirmando la validez del criterio que sostiene que la omisión en el pago del tributo no implica automáticamente la procedencia de multa.
- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
Mediante queja, el GCBA impugna la resolución que denegó su recurso de inconstitucionalidad.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita la revisión de la resolución que afirmó que la multa por omisión fiscal no procedía porque la conducta no constituía una omisión del pago total o parcial del tributo, sino la presentación de declaraciones impugnadas posteriormente.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la queja del GCBA, confirmando que la decisión de la Cámara de Apelaciones fue fundada en la interpretación correcta de la norma del Código Fiscal y que no se evidenció arbitrariedad o vulneración constitucional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La mayoría sostuvo que la queja del GCBA no logra rebatir concretamente las razones del rechazo del recurso de inconstitucionalidad, ya que la Cámara consideró que lo decidido quedó circunscripto a cuestiones de hecho y prueba, todas de carácter infraconstitucional. Además, se argumentó que las afectaciones constitucionales invocadas no guardan relación directa con la decisión, y que la interpretación de la norma del CF sobre la omisión fiscal y la sanción de multa fue correcta y basada en precedente jurisprudencial (expediente 13180/16, sentencia del 3/10/2018). La presentación del GCBA no demuestra arbitrariedad en la interpretación, y la cuestión no es constitucional ni federal. La sentencia impugnada fue fundada en el análisis de la norma y la prueba, por lo que el recurso de queja no prospera. La jueza Alicia E. C. Ruiz expresó que la queja fue presentada en tiempo y forma, con crítica concreta y fundada, y que el recurso de inconstitucionalidad debe ser admitido y se debe revocar la sentencia de la Cámara, en línea con la interpretación del precedente citado. Sin embargo, la mayoría decidió rechazar la queja.
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