GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en MALDONADO CLAUDIA ALEJANDRA y otros CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) s/ OTROS PROCESOS INCIDENTALES
El Tribunal Superior de Justicia deniega el recurso extraordinario federal presentado por Gramon Millet S.A. contra la sentencia que revocó la decisión anterior y remitió las actuaciones a una nueva instancia para dictar una nueva sentencia, concluyendo que la resolución no es definitiva y que el recurso no cumple con los requisitos necesarios. La decisión se fundamenta en que no existe pronunciamiento definitivo y que las garantías constitucionales invocadas no habilitan a apartarse de este requisito.
- Quién demanda: Gramon Millet S.A (absorbente de Elisium S.A.)
¿A quién se demanda?
Tribunal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario federal contra la sentencia de la Cámara de Apelaciones que revocó una sentencia y ordenó una nueva sentencia por jueces distintos
¿Qué se resolvió?
Se deniega el recurso extraordinario federal
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La decisión del Tribunal que se cuestiona, por mayoría, dispuso “… [r]evocar la sentencia de la Sala I de fs. 265/275 vuelta, en cuanto tuvo por prescripta la acción de cobro respecto de los anticipos 12 de 1994 y siguientes; y reenviar las actuaciones a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario para que, por intermedio de jueces distintos a los que ya intervinieron, se dicte una nueva sentencia con arreglo a lo aquí establecido”, y en esas condiciones, la decisión no es la sentencia definitiva que exige el artículo 14 de la ley n° 48 (conf. CSJN, Fallos: 274:492; 275:111; 281:38; 294:56 y 293; 301:1067; 321:2137; 327:4074; 329:2567 y 344:980; entre otros). La actora invoca arbitrariedad y garantías constitucionales, pero no se configura la existencia de un pronunciamiento definitivo que habilite el recurso, en línea con la jurisprudencia del Alto Tribunal federal. La decisión del Tribunal se sostiene en que la resolución no cumple con los requisitos para ser recurrida mediante recurso extraordinario, dado que no es una sentencia definitiva.
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