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CGEM s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en CGEM CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - HABITACIONALES

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires resuelve elevar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación el conflicto de competencia entre el tribunal local y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, por la contradicción en las decisiones sobre la jurisdicción para conocer de recursos de inconstitucionalidad. La resolución busca garantizar la seguridad jurídica y la correcta asignación de competencia en causa de naturaleza constitucional.

Recurso extraordinario federal Situacion de vulnerabilidad Grupo familiar Subsidio habitacional Cuestion de derecho local Cuestion no federal Derecho a la vivienda digna


- Quién demanda: Silvia Cristina Calcagno, en calidad de actora en la causa por daños y perjuicios contra el Consorcio Av. La Plata 257/259 y otros, en el marco del expediente n° 86153/2021.

¿A quién se demanda?

La causa principal no se detalla en el análisis, pero está relacionada con una demanda de daños y perjuicios.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La resolución del conflicto de competencia entre el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires y la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en relación a la admisibilidad y conocimiento de recursos de inconstitucionalidad interpuestos en causas civiles, específicamente en el marco del recurso de inconstitucionalidad por denegación.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires resolvió elevar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación la disputa por competencia, dado que existe un conflicto positivo de competencia entre los órganos judiciales, que no puede ser resuelto por los propios tribunales y requiere intervención del máximo tribunal federal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Se constató que las sentencias del 10 de mayo de 2023 y del 22 de junio de 2023 expresan posiciones contrarias respecto de la competencia del Tribunal Superior para conocer en causas tramitadas ante la Justicia Nacional de la Ciudad de Buenos Aires. La doctrina de la CSJN en “Levinas” y el artículo 27 de la ley n° 402 establecen la competencia del Tribunal Superior en estos casos. Se identificó un conflicto positivo de competencia, similar al analizado en precedentes como “Levinas” y “Bazan”, en el que la Sala D de la Cámara Civil no admite la intervención del Tribunal Superior y este último reivindica su jurisdicción. La sentencia de la Cámara Federal Contencioso Administrativo en autos “Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional c/ GCBA” fue considerada dictada por un tribunal manifiestamente incompetente, pues la CSJN reconoció a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el “privilegio federal” de litigar en instancia originaria. La competencia del Tribunal Superior de Justicia para resolver la contienda de competencia en causas de naturaleza constitucional fue confirmada por precedentes y doctrinas constitucionales y legales. La resolución tiene como finalidad evitar un conflicto de competencias que afecte la seguridad jurídica y la economía procesal, y garantizar la correcta jurisdicción en cuestiones de constitucionalidad y competencia en causas civiles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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