MINISTERIO PÚBLICO - DEFENSORÍA GENERAL DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS POGONZA, EDGARDO LUIS Y OTROS SOBRE 89 - LESIONES LEVES
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deniega el recurso extraordinario federal del GCBA contra la resolución que rechazó la queja por inconstitucionalidad en un expediente de empleo público y diferencias salariales. La decisión se fundamenta en la falta de planteo de cuestión constitucional y en la interpretación de normas de jerarquía inferior a la Constitución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El GCBA interpuso recurso extraordinario federal contra una resolución del Tribunal de fecha 7 de diciembre de 2022, que denegó la queja por inconstitucionalidad en un proceso de empleo público y diferencias salariales. La parte actora solicitó que se denegara el recurso con costas. El tribunal analizó la pertinencia del recurso, concluyendo que no se plantea una cuestión constitucional que active la competencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sino una interpretación de normas de jerarquía inferior a la Constitución. Los jueces Ruiz y Otamendi señalaron que, aunque el recurso satisface requisitos formales, debe ser denegado por no suscitar una cuestión federal. Además, destacaron que las objeciones del GCBA remiten a la revisión de cuestiones de hecho y prueba, que no habilitan la vía extraordinaria, y que la mención genérica a preceptos constitucionales no basta para activar la causa federal, en virtud del art. 15 de la ley 48. También mencionaron que la doctrina de la CSJN excluye cuestiones federales cuando el planteo se basa en normas infraconstitucionales. La jueza Weinberg coincidió en que no corresponde la vía del recurso extraordinario al no existir una cuestión constitucional, y que la revisión de aspectos de hecho y prueba no habilita la instancia federal, manteniendo la jurisprudencia que establece que la mención a disposiciones constitucionales sin relación directa e inmediata no activa la causa federal. El juez Lozano también consideró que los planteos del GCBA no comprometen una cuestión federal, y que el análisis de la aplicación del art. 770 inc. b) del CCC carece de relación con una cuestión constitucional. Por último, la jueza De Langhe reiteró que las objeciones del GCBA remiten a interpretación de normas infraconstitucionales, y que la alegación de arbitrariedad no corresponde al tribunal que dictó la sentencia. El tribunal resolvió, por mayoría, denegar el recurso extraordinario, con costas, y ordenó su registro y remisión a la sala correspondiente para su agregación a los autos principales.
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