INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS LAHOR, PAULO JOSÉ SOBRE 239 - RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resolvió mantener la competencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 28 en un incidente de competencia por delitos relacionados con defraudación mediante manipulación informática. La decisión se basó en que las actuaciones ya estaban en una etapa avanzada en dicho tribunal, lo que favorece la continuidad del proceso allí.
- Quién demanda: La causa se inició por denuncia de la víctima, quien relató que el 19 de enero de 2021 le fue sustraído su teléfono y posteriormente se realizaron transferencias no autorizadas desde su cuenta de Mercado Pago a favor de Alan Ezequiel Ayala.
¿A quién se demanda?
Alan Ezequiel Ayala.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La investigación por el delito de defraudación mediante manipulación informática y la eventual calificación del hecho, en disputa con una posible calificación por hurto.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Superior de Justicia declaró la competencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 28, considerando que la causa ya estaba en etapa avanzada, con instrucción y proceso en dicho tribunal, y que cambiar de jurisdicción en ese momento sería un dispendio jurisdiccional. La decisión se fundamentó en la jurisprudencia que prioriza la continuidad del proceso en la instancia en que se encuentra, además de citar precedentes y criterios de la Corte Suprema en cuanto a la competencia en conflictos entre tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La mayoría de los jueces resaltaron que la justicia en una etapa procesal avanzada debe privilegiar la continuidad del proceso en la jurisdicción en la que ya se encuentra en curso, para evitar dispendios y retrasos innecesarios. La jueza Alicia E. C. Ruiz, haciendo referencia a la jurisprudencia de la Corte Suprema, sostuvo que, en casos donde la contienda se produce entre jueces con competencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde que sea el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad quien resuelva el conflicto. La jueza Inés M. Weinberg coincidió en que el criterio del fallo “Goncebat” (Expte. nº 147405/2022-0) sustenta la decisión de mantener la competencia en el tribunal que ya intervino. El juez Luis Francisco Lozano argumentó que, en atención al trámite y etapa procesal, corresponde que continúe interviniendo el tribunal en la Ciudad Autónoma, independientemente de la calificación jurídica final del hecho (hurto o defraudación). La decisión fue adoptada por mayoría, remitiéndose las actuaciones al tribunal competente y notificándose a las partes.
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