GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en GEL CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - HABITACIONALES
La sentencia deniega el recurso extraordinario federal de Gustavo Rafael Delucchi contra la resolución que rechazó su queja por falta de cuestión federal en su planteo
¿Quién es el actor?
Gustavo Rafael Delucchi
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Recurso extraordinario federal contra la decisión que rechazó su recurso de queja en un expediente por diferencias salariales y empleo público
- Decisión del tribunal: Se deniega el recurso extraordinario federal por no plantear una cuestión federal que involucre la competencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en línea con la doctrina judicial que establece que las decisiones que declaran la improcedencia de recursos de orden local son ajenas a la instancia extraordinaria
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso extraordinario federal interpuesto por la parte actora —aunque satisface los requisitos de tiempo y forma— debe ser denegado, porque no plantea una cuestión que suscite la competencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el marco del art. 14 de la ley 48."
"La decisión del Tribunal que la parte actora ahora cuestiona rechazó su recurso de queja por considerar —en apretada síntesis— que aquél no había logrado poner en crisis la resolución interlocutoria que había denegado su recurso de inconstitucionalidad por no contener el planteo de una cuestión constitucional o de un caso de sentencia arbitraria."
"La doctrina judicial de la CSJN establece que las decisiones por las que los tribunales locales declaran la improcedencia de los recursos de orden local resultan ajenas, como principio, a la instancia extraordinaria, dado el carácter fáctico y procesal de las cuestiones que suscitan."
"La mención genérica a disposiciones constitucionales no basta para abrir la vía extraordinaria; el art. 15 de la ley 48 exige una relación directa e inmediata de tales preceptos con lo decidido, lo cual no se verifica en esta causa."
"En cuanto al planteo de arbitrariedad de sentencia, no corresponde al tribunal del fallo pronunciarse sobre ello, pues la doctrina de la arbitrariedad se reserva para casos de deficiencias lógicas o falta de fundamento normativo que impidan considerar la sentencia como fundada en ley."
"El actor no cumplió con los requisitos del reglamento de la CSJN, como la refutación de fundamentos o demostración de relación directa entre normas federales y lo resuelto."
- Fundamentos en doctrina: Fallos 306:885, 308:1577, 311:100, 329:4775, 295:548, 300:468, 301:449, 302:175, 271:123, 296:712, 297:140, 302:892, 165:62, 266:135, 310:2306, 312:246, 389, 608
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