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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BARREYRO, EDUARDO DANIEL CONTRA GCBA SOBRE ACCESO A LA INFORMACION (INCLUYE LEY 104 Y AMBIENTAL)

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires ordena reabrir el análisis del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por José Eduardo Colman, tras detectar errores en la evaluación de la admisibilidad, y remite la causa a la Sala IX para que se pronuncie sobre su admisibilidad conforme a la ley n° 402.

Fundamentacion del recurso Interpretacion de la ley Falta de fundamentacion Cuestiones de hecho y prueba Acceso a la informacion publica Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional


- Quién demanda: José Eduardo Colman

¿A quién se demanda?

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala IX

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La admisibilidad del recurso de inconstitucionalidad denegado por la Cámara, por considerar que la resolución viola garantías constitucionales y que la vía prevista en la ley n° 402 debe ser respetada.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal Superior deja sin efecto la resolución que negó el recurso y ordena a la Cámara que se pronuncie sobre la admisibilidad del mismo, en cumplimiento de la ley n° 402.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La resolución denegatoria del recurso de inconstitucionalidad de Colman no consideró lo resuelto en precedente del Tribunal, que afirma su competencia para conocer de estos recursos contra resoluciones de tribunales nacionales. Además, la Sala IX no realizó el juicio de admisibilidad conforme a los artículos 27 y 28 de la ley n° 402, lo que justifica dejar sin efecto la decisión y remitir las actuaciones a la Cámara para que se pronuncie sobre la admisibilidad." "El sistema recursivo que organiza la ley n° 402 requiere que la sala interviniente se expida previamente sobre la admisibilidad, y no hacerlo implica una gravedad institucional. La omisión afecta el derecho de defensa y desnaturaliza el procedimiento establecido." "El Tribunal observa que tanto los jueces de la Cámara como este Tribunal enfrentan una problemática que probablemente será resuelta por la Corte de Nación, pero la celeridad y la correcta aplicación del procedimiento son prioritarias." "Se deja sin efecto la resolución de diciembre de 2022 y se ordena que la Sala IX se pronuncie sobre la admisibilidad, en los términos de la ley, para garantizar la correcta tramitación del recurso."

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