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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en LSL CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE AMPARO - HABITACIONALES

La sentencia que confirmó la orden de otorgar un subsidio habitacional fue revocada por inconstitucionalidad, y las actuaciones fueron devueltas para un nuevo pronunciamiento en atención a la interpretación normativa vigente.

Arbitrariedad de sentencia Asistencia habitacional Situacion de vulnerabilidad Grupo familiar Recurso de inconstitucionalidad Subsidio habitacional Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Derecho a la vivienda digna Derivacion no razonada del derecho vigente Prioridad en el acceso a las prestaciones

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, una mujer de 24 años, a cargo de sus tres hijos menores y en situación de pobreza crítica, promovió un amparo para que el GCBA garantizara acceso a vivienda digna y en condiciones de habitabilidad. La primera instancia admitió el amparo y ordenó al GCBA pagar un subsidio conforme al decreto 690/2006, mínimo según el art. 8 de la Ley 4036. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo confirmó la sentencia mayoritariamente, interpretando que la normativa local garantiza prestaciones suficientes para superar la vulnerabilidad social, extendiendo la obligación del Estado. El GCBA interpuso recurso de inconstitucionalidad, alegando arbitrariedad y errónea interpretación de normas constitucionales e infraconstitucionales. La Cámara fue en parte disidente y rechazó el recurso, manteniendo la protección cautelar. La Cámara mayoritaria, en cambio, fue por admitir la queja y revocar la fallo, argumentando que la interpretación de la sentencia no se ajustaba a la normativa vigente, ya que la ley 4036 sólo obliga a garantizar alojamiento en casos específicos (adultos mayores y personas con discapacidad), no a todos en situación de vulnerabilidad. La jurisprudencia del Tribunal Superior avala que las normas de derechos sociales tienen carácter de obligaciones de hacer, con operatividad derivada, y no alcanzan a obligar al Estado a proveer vivienda en todos los casos. La sentencia fue considerada infundada por extender indebidamente la obligación del GCBA y, en consecuencia, fue revocada. Fundamentos principales: El tribunal recordó que el derecho a la vivienda, aunque reconocido en normas constitucionales y tratados internacionales, requiere de una ley o decisión administrativa para su implementación efectiva, y que la normativa local (Ley 4036) establece obligaciones específicas, limitando la obligación del Estado a garantizar alojamiento a ciertos grupos vulnerables (adultos mayores y personas con discapacidad). La interpretación de la sentencia que ordenó un subsidio en favor de una mujer en situación de pobreza crítica sin encuadrar en esos grupos implicó un apartamiento de la normativa vigente, por lo que la decisión fue considerada arbitraria y sin sustento legal suficiente. Se concluyó que la protección cautelar se mantiene hasta un nuevo pronunciamiento, pero la sentencia definitiva debe ajustarse a la normativa vigente.

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