METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmó la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en un incidente de amparo vinculado a derechos habitacionales y protección de menores. La decisión se fundamenta en la falta de competencia para tratar la inconstitucionalidad en este trámite y en la correcta vía procesal empleada.
- Quién demanda: F. E. N., en representación de su hijo menor G. F.
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de inconstitucionalidad contra la decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo, que modificó la sentencia de primera instancia en un proceso de amparo por derechos habitacionales y protección de menores.
¿Qué se resolvió?
La Sala II del TSJ rechazó la queja por inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad, considerando que no fue articulado contra una sentencia definitiva y que no se configuraba un vicio de arbitrariedad. Además, se remite la presentación a la Cámara para su análisis.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La presentación de la AGT no constituye una vía adecuada para cuestionar la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad, ya que esa vía no fue expresamente prevista para estos supuestos y la queja no cuestiona la decisión de la Cámara en cuanto a su fondo, sino aspectos procesales.
Se evidencia que la cuestión planteada refiere a vicios de actividad y no al fondo de la decisión judicial, por lo que la vía adecuada sería acudir por los cauces procesales correspondientes ante la instancia superior.
La participación del Ministerio Público Tutelar en defensa de derechos de menores es esencial en los procesos judiciales, y su omisión puede invalidar las actuaciones, conforme a jurisprudencia nacional e internacional.
La nulidad de las actuaciones sin la intervención del Ministerio Público Tutelar se declara, y el expediente se remite a la Cámara para su consideración.
Montos y fechas relevantes:
- La sentencia de primera instancia fue dictada el 28/06/2022.
- La sentencia de la Cámara fue del 2/11/2022.
- La resolución del Tribunal Superior de Justicia fue dictada el 6/12/2023.
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