OTROS PROCESOS INCIDENTALES EN AUTOS LMC SOBRE 52 - HOSTIGAR, INTIMIDAR
La queja por recurso de inconstitucionalidad denegado del GCBA fue rechazada; el tribunal consideró que no existen razones serias para suspender el proceso en curso.
¿Quién es el actor?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (por denegar la queja por inconstitucionalidad)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se suspenda el proceso judicial en curso hasta la resolución de la queja de inconstitucionalidad, la cual fue denegada.
¿Qué se resolvió?
La petición de suspensión del proceso fue rechazada, confirmando que la regla general es que la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad no suspende el curso del proceso, salvo excepciones que no concurren en este caso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1. La doctrina reiterada del Tribunal establece que la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende normalmente el trámite procesal (art. 33, ley nº 402). La excepción requiere una razón seria que justifique la suspensión, la cual no fue aportada por la parte recurrente. 2. La parte recurrente no expone argumento alguno sobre la magnitud o carácter irreparable del perjuicio que ocasionaría el cumplimiento de la sentencia cuestionada, por lo que no se justifica la excepción. 3. La jueza Alicia E. C. Ruiz remarca que la falta de acreditación de razones para apartarse de la regla conduce al rechazo del pedido, citando jurisprudencia del Tribunal en casos similares. 4. El juez Lozano también señala que no hay evidencia de que la medida solicitada sea indispensable para preservar los efectos de una eventual sentencia favorable. La resolución concluye que no hay motivos para suspender el proceso y ordena continuar con el trámite de la queja.
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