GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BENCE PIERES FEDERICO MARTIN y otros CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES)
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires confirma la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 8 para entender en autos, siguiendo la jurisprudencia y el precedente “Alvin Corp”, y desestimando la apartadura del criterio por parte del juzgado de origen.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La demandante Beatriz Griseld Maffioli promovió ejecución fiscal por multa de $6.690 impuesta por la Unidad Administrativa de Control de Faltas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
- Los juzgados en primera instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 8 y en lo Contencioso Administrativo y Tributario n° 7 se declararon incompetentes, generando un conflicto negativo de competencia.
- El Juzgado n° 8 dispuso intimar de pago y, ante un pedido de la parte actora, declaró su incompetencia invocando precedentes “Furiase” y “Camerlincky”.
- La causa fue remitida al juzgado en lo Contencioso Administrativo, que rechazó la competencia y reclamó continuar conociendo en su jurisdicción, decisión que fue apelada por el juzgado en lo Penal.
- El Tribunal Superior, en análisis, sostuvo que la causa debe continuar en el juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 8, por ser la jurisdicción donde ya se encontraba radicada, en concordancia con la ley n° 6192 y la jurisprudencia consolidada.
- La jurisprudencia y precedentes citados, como “Alvin Corp”, refuerzan que los conflictos de competencia en estos casos deben resolverse siguiendo los criterios establecidos, priorizando la radicación inicial y la continuidad del conocimiento en el juzgado donde se radicó la causa.
- El Tribunal advirtió que apartar el criterio jurisprudencial genera un dispendio jurisdiccional y genera inseguridad jurídica, afectando la certeza del ciudadano.
- La decisión fue acompañada por todos los jueces, reafirmando la importancia de la estabilidad y la coherencia en las decisiones judiciales.
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