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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en SDM CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE AMPARO - HABITACIONALES

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resuelve remitir al tribunal superior de la Nación la disputa de competencia entre la justicia local y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en un planteo de inconstitucionalidad. La decisión se fundamenta en la existencia de una contienda positiva de competencia que requiere resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Gravedad institucional Fundamentacion del recurso Arbitrariedad de sentencia Situacion de vulnerabilidad Falta de fundamentacion Grupo familiar Cuestiones de hecho y prueba Subsidio habitacional Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Derecho a la vivienda digna Pobreza critica Prioridad en el acceso a las prestaciones


¿Quién es el actor?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.
- Objeto de la demanda: Impugnar decisiones judiciales respecto de la competencia para conocer en un recurso de inconstitucionalidad sobre la ley 26.061.
- Decisión del tribunal: Dejar sin efecto el auto denegatorio del recurso de inconstitucionalidad, ordenar que la Cámara confiera traslado a las partes para su admisibilidad y elevar las actuaciones a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que resuelva sobre la controversia de competencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La competencia de este Tribunal para intervenir por vía del recurso de inconstitucionalidad en causas tramitadas ante la Justicia Nacional de la Capital Federal fue analizada por el TSJ in re “Levinas”, cuya doctrina está receptada expresamente en el artículo 27 de la ley n° 402. Así, se ha originado un conflicto entre ambos órganos que debe resolver la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en esta oportunidad procesal, a fin de mejor garantizar los principios de seguridad jurídica y de economía procesal para las partes." "Este Tribunal, como órgano superior, debe dirimir la contienda de competencia suscitada entre la justicia local y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, dado que se trata de una contienda positiva de competencia, cuya resolución corresponde a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, conforme a la doctrina del precedente “Bazan”." "Ciertamente aquí lo que existe es una contienda positiva de competencia, novedosa, pero contienda al fin, entre dos tribunales, cuya resolución, con arreglo a la doctrina sentada por la CSJN in re “Bazan”, correspondería a este Tribunal, si hubiera sido trabada entre los tribunales de mérito de la CABA y la Cámara Civil." "Por ello, se eleva la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que dirima la contienda de competencia."
- Montos/fechas relevantes: La sentencia del 1 de noviembre de 2023, resolución del 7 de noviembre de 2023, y dictámenes posteriores.

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