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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BARREYRO, EDUARDO DANIEL CONTRA GCBA SOBRE ACCESO A LA INFORMACION (INCLUYE LEY 104 Y AMBIENTAL)

La queja por recurso de inconstitucionalidad en causa por regulación de honorarios fue declarada abstracta tras la modificación de la situación procesal por la Sala II del tribunal de alzada. La resolución del Tribunal Superior de Justicia confirmó la conclusión de la instancia, considerando que el planteo había perdido actualidad.

Sanciones conminatorias Astreintes Acceso a la informacion publica Incumplimiento de resolucion judicial Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional

Actor: Patricio Kingston, en carácter de letrado de la parte actora. Demandado: GCBA y otros, en el contexto de un proceso por daños y perjuicios (excluyendo responsabilidad médica). Objeto: La declaración de inconstitucionalidad de la regulación de honorarios profesionales, específicamente por la decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo que elevó honorarios sin aplicar los mínimos legales, por considerarlos desproporcionados. Decisión: Se declaró la extinción del trámite de la queja por inconstitucionalidad, dado que la decisión que la motivaba había sido dejada sin efecto y se encontraba firme, por lo que el planteo había perdido actualidad. El tribunal consideró que “los planteos contenidos en el recurso presentado han perdido actualidad,” y que “no subsiste ningún agravio en esta queja que deba ser resuelto por el Tribunal.”

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En atención a lo manifestado por el abogado recurrente en cuanto a que la regulación de honorarios cuestionada fue dejada sin efecto y la decisión que así lo dispuso se encuentra firme, se advierte que no subsiste ningún agravio en esta queja que deba ser resuelto por el Tribunal." "Toda vez que los planteos contenidos en el recurso presentado han perdido actualidad, corresponde dar por concluido su trámite." El tribunal también resaltó que “el 13/07/2023 la Sala II —con motivo del reenvío dispuesto por este Tribunal en su sentencia del 30/11/2022— rechazó la demanda y dejó sin efecto la regulación de honorarios,” y que “en consecuencia, toda vez que los planteos contenidos en el recurso presentado han perdido actualidad, corresponde dar por concluido su trámite.”

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