GRAMUGLIA AREVALOS, MARCOS RICARDO NICOLAS Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
La Corte Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires revoca la sentencia que rechazaba el reclamo por suplementos salariales para enfermeros en áreas críticas, estableciendo que la normativa en cuestión es inconstitucional y que la doctrina plenaria debe ser respetada.
- Quién demanda: Omar Gustavo Raniti y otros enfermeros y licenciados en enfermería del Hospital General “José Maria Ramos Mejía”.
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Liquidación y pago mensual del suplemento especial por área crítica y diferencias salariales derivadas de la falta de pago de dicho rubro.
¿Qué se resolvió?
La Corte Superior de Justicia hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto, revocando la sentencia de Cámara que rechazaba la demanda y señalando que la normativa que excluye a los enfermeros del derecho al suplemento es inconstitucional. Además, ordena que la Cámara emita un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo decidido, respetando la doctrina plenaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte recordó la existencia del fallo plenario Paz, que establece que los agentes de la carrera de enfermería en sectores críticos tienen derecho al suplemento en iguales condiciones que otros profesionales de la salud. La Cámara de Apelaciones interpretó que los enfermeros no estaban incluidos en la normativa, lo que fue considerado inconstitucional por la Corte, pues “la doctrina sentada en los fallos plenarios es obligatoria para la misma Cámara y para los juzgados de primera instancia de los que la Cámara sea tribunal de alzada”. La Corte afirmó que “los enfermeros no están incorporados en la normativa que prevé el suplemento por área crítica, y, al no ser profesionales de la salud, no cumplen con el requisito para acceder a dicho adicional”, pero esta interpretación fue considerada contraria a la igualdad y a la doctrina legal, por lo cual se revoca la resolución que rechazaba la demanda y se ordena emitir un nuevo fallo. El fallo enfatiza que “la normativa que establece la exclusión de los enfermeros en el suplemento por área crítica resulta inconstitucional, en tanto vulnera principios constitucionales de igualdad y seguridad jurídica”. La decisión se fundamenta en que “las normas deben interpretarse en concordancia con la Constitución y la doctrina legal, garantizando derechos a todos los agentes en igualdad de condiciones”. La Corte además menciona que “el rechazo de la demanda basado en una interpretación restrictiva viola la obligación del Estado de garantizar condiciones laborales iguales para todos los profesionales de salud en áreas críticas”.
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