LAP Y OTRO S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN FAC SOBRE 2 BIS - INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA FAMILIAR (DESTRUCCION DE BIENES O DISMINUCION DE VALOR PARA ELUDIR CUMPLIMIENTO) Y OTROS
La sala revocó la resolución que absolvió al imputado y declaró la existencia de una maniobra de ocultamiento de bienes en el contexto de violencia de género, por considerar que la decisión de la Cámara fue arbitraria y vulneró principios constitucionales y derechos internacionales.
Actor: La fiscalía y la querella en representación de la víctima, A.P.L. Demandado: La Sala II del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. Objeto: La declaración de inconstitucionalidad y arbitrariedad de la resolución que absolvió al imputado y la reposición del fallo que condenaba por insolvencia alimentaria fraudulenta. Decisión: La Cámara fue revocada y se ordenó devolver las actuaciones para que otros jueces dicten un nuevo pronunciamiento, considerando que la decisión anterior omitió un análisis razonado de la perspectiva de género y de las conductas atribuidas, además de interpretar erróneamente las normas aplicables.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia cuestionada prescindió de considerar las circunstancias del caso en su conjunto y no aplicó correctamente las reglas de la sana crítica, dejando de valorar elementos probatorios relevantes que indicaban una relación de desigualdad de poder y violencia de género. La interpretación de los arts. 1 y 2 bis de la ley 13.944 no fue adecuada, ya que no acreditó que la conducta del imputado tuviera como finalidad frustrar el cumplimiento de la obligación alimentaria, y las maniobras societarias y patrimoniales no fueron evaluadas en su conjunto ni en relación con el contexto de vulnerabilidad. La resolución careció de fundamentación suficiente al no explicar por qué la relación no constituía violencia de género ni por qué las maniobras no implicaban ocultamiento de bienes en los términos del art. 2 bis. La decisión fue arbitraria y vulneró derechos constitucionales y tratados internacionales, por lo que debe ser revocada y devuelta a la instancia de origen para un nuevo análisis con perspectiva de género y valoración integral de la prueba.
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