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MINISTERIO PÚBLICO - DEFENSORÍA GENERAL DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS QUINTEROS, LUCAS SAÚL SOBRE 89 - LESIONES LEVES

La sentencia declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 26 en un incidente de competencia en causa por suplantación digital de identidad y estafa. El Tribunal Superior de Justicia confirma la declaración de competencia basada en el análisis de la maniobra engañosa y la tipificación penal aplicable.

Fundamentacion del recurso Facultades del juez Sentencia definitiva Falta de fundamentacion Ministerio publico fiscal Deposito previo Facultades del ministerio publico fiscal Avenimiento Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Exencion de deposito Situacion del imputado


- Quién demanda: El Estado, a través del incidente de competencia en autos.

¿A quién se demanda?

La competencia de los juzgados en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 19 y el N° 26.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de competencia del juzgado penal correcto para entender en la causa por suplantación digital de identidad y estafa.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal Superior de Justicia declaró la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 26, confirmando el análisis del fiscal adjunto y la interpretación legal sobre la maniobra engañosa y la tipificación del ilícito. La decisión se fundamenta en que la maniobra consistió en crear cuentas falsas y captar víctimas mediante un ardid que generó error en ellas, configurando el delito de estafa, y en que la conducta encuadra en la figura de la suplantación digital prevista en el art. 77 del Código Civil y Comercial, con prevalencia sobre la contravención.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El relato del denunciante autoriza, en principio, a sostener que en el caso concurren el despliegue de un ardid, que mueve a error a las víctimas, en virtud del cual es posible la acción perjudicial para sus patrimonios, requisitos para la configuración del delito de estafa." "La maniobra engañosa desplegada por los autores del ilícito habría consistido en crear cuentas falsas en Facebook e Instagram con la utilización del negocio del denunciante, ofreciendo servicios de alojamiento y captando clientes que realizaron transferencias." "En casos como el presente, en que se verifican los elementos exigidos para la configuración de un ilícito penal —como la estafa—, prevalece la calificación legal de la suplantación digital, que sanciona el uso no autorizado de datos filiatorios y creación de identidades falsas en medios electrónicos." Además, el fiscal sostiene que "la secuencia relatada por el denunciante autoriza, en principio, a sostener que en el caso concurren el despliegue de un ardid, que mueve a error a las víctimas, en virtud del cual es posible la acción perjudicial para sus patrimonios, requisitos para la configuración del delito de estafa."

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