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METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS

La denegación del recurso extraordinario federal del GCBA contra la sentencia que rechazó su queja en un proceso de empleo público. El tribunal argumenta que no se configura una cuestión federal que habilite su intervención y que las cuestiones planteadas corresponden a la jurisdicción de los jueces de la causa.

Regulacion de honorarios Recurso extraordinario federal Honorarios profesionales Monto minimo Abogado apoderado Abogado patrocinante Honorarios del abogado Contestacion del traslado


¿Quién es el actor?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?


- (No se especifica en el extracto, dado que se trata de una queja en un proceso de empleo público)
- Objeto de la demanda: Recurso extraordinario federal contra la sentencia del 09-04-2025 que rechazó su recurso de queja en un expediente de empleo público, específicamente sobre diferencias salariales y empleo público, exceptuando cesantía o exoneraciones.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deniega el recurso extraordinario por insuficiencia de configuración de cuestión federal y por falta de acreditación de violaciones a derechos o garantías constitucionales. Además, se indica que las cuestiones planteadas son propias de los jueces de la causa y que la doctrina de arbitrariedad y gravedad institucional no habilitan la intervención de la CSJN en este caso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal señala que "corresponde denegar el recurso federal intentado toda vez que el GCBA no demuestra la configuración en el caso de una cuestión federal que habilite la intervención de la CSJN (cf. el art. 14 de la ley 48)." Se afirma que "el recurrente afirma que la decisión de este Tribunal violó el derecho de defensa en juicio, debido proceso, de propiedad, garantías de igualdad y legalidad, sin embargo no acredita la relación directa que habría entre lo resuelto y los derechos y garantías que invoca." Se remarca que "todas las cuestiones que el GCBA pretende llevar a consideración de la CSJN resultan propias de los jueces de la causa y en principio ajenas al trámite del recurso intentado (Fallos: 295:548, 300:468, 301:449, 302:175, 330:4770, entre otros)." Sobre la arbitrariedad, se indica que "no corresponde al tribunal emisor del fallo pronunciarse al respecto para mejorar su pronunciamiento" y que "la doctrina de la arbitrariedad no tiene por objeto convertir a la Corte en un tribunal de tercera instancia, sino que atiende a cubrir casos de carácter excepcional." Respecto a la gravedad institucional, se expresa que "esa doctrina sólo...faculta a prescindir de ciertos requisitos formales, pero no a suplir la inexistencia de cuestión federal." En conclusión, se decide "denegar el recurso extraordinario federal deducido por el GCBA."

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