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METROVIAS S.A. s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario y de Relaciones de Consumo rechazó la queja del GCBA por falta de fundamentación y por considerar que no se configuraban los requisitos constitucionales ni arbitrariedad en la decisión de denegar el recurso de inconstitucionalidad. La mayoría coincidió en que la queja no cumplía con los requisitos legales y que las objeciones del GCBA remitían a cuestiones de hecho y de proceso, ajenas a la instancia extraordinaria. La disidencia, en cambio, consideró que la cuestión planteada era sustancialmente similar a otras resueltas y que la Cámara omitió realizar un análisis razonado de la normativa aplicable, por lo que propuso revocar la decisión y remitir a la Cámara para un nuevo pronunciamiento.

Falta de fundamentacion Efecto suspensivo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad


- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (TSJ)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la denegación del recurso de inconstitucionalidad en una queja por la resolución que rechazó su recurso, en el marco de un proceso por diferencias salariales por tareas de mayor jerarquía.

¿Qué se resolvió?

La mayoría del tribunal rechazó la queja del GCBA por insuficiencia en la fundamentación y por considerarla ajena a la competencia en la vía del recurso extraordinario. La disidencia sostuvo que la cuestión era sustancialmente similar a otras resueltas y que correspondía revocar la decisión y remitir a la Cámara para un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario y de Relaciones de Consumo denegó el recurso de apelación por no presentar una crítica concreta y razonada del fallo que se cuestionaba. La Cámara también sostuvo que los agravios remitían a interpretaciones normativas sin plantear un caso constitucional o federal que habilitara la competencia del TSJ. La sentencia de la Cámara consideró que las objeciones del GCBA eran cuestiones de hecho y de proceso, ajenas a la revisión en la vía extraordinaria, y que la queja no cumplía con los requisitos del artículo 33 de la ley n° 402. La mayoría del TSJ coincidió en que la queja no satisface los requisitos constitucionales y legales, y que las objeciones del GCBA remiten a cuestiones ajenas a la competencia del recurso de inconstitucionalidad. La disidencia argumentó que la cuestión planteada era sustancialmente similar a otros casos en los que se ha admitido la revisión, y que correspondía revocar la sentencia y remitir a la Cámara para un nuevo análisis.

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