MACAINE, ANIBAL JUAN c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó los agravios de la ANSeS, manteniendo la constitucionalidad de las resoluciones y la inaplicabilidad del fallo "Makler" en este caso, además de confirmar la inaplicabilidad del sistema de moratoria para la actualización de remuneraciones y la liquidación de la PBU.
- Actor: Aníbal Juan Macaine
- Demandado: ANSeS
- Objeto de la demanda: Reajustes por movilidad, actualización de remuneraciones, liquidación de la PBU y cuestionamiento de la aplicación de ciertos sistemas y resoluciones.
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando los agravios relativos a la actualización de remuneraciones, la aplicación del precedente "Makler" para servicios autónomos, y la validez de las resoluciones ANSeS Nº 56/2018 y Secretaría de la Seguridad Social Nº 1/2018. Además, afirmó la constitucionalidad de dichas resoluciones y la inaplicabilidad del sistema de moratoria para los aportes no ingresados en tiempo y forma.
- Fundamentos principales:
"En lo que respecta a la actualización de las remuneraciones, la aplicación del precedente 'Makler' para servicios autónomos y la constitucionalidad de las resoluciones ANSeS Nº 56/2018 y Nº 1/2018, la Sala remite a los antecedentes de autos Nº FRO 5861/2016 y autos Nº FRO 1376/2015/CA1, confirmando que dichas cuestiones ya fueron decididas en favor de la postura de la demandada."
"Respecto al sistema de moratoria y/o SICAM, la Cámara entiende que los aportes realizados en ese sistema no deben incluirse en la liquidación si no fueron ingresados al tiempo de realizar sus tareas como autónomo, y que el a quo excluyó del ajuste a las categorías ingresadas por moratoria."
"Sobre la PBU, la Sala refuerza los fundamentos de la acordada del 17/12/2020, diferiendo el análisis del ajuste para el tiempo de la liquidación, conforme a los fallos 'Quiroga' y precedentes de la Corte Suprema."
"En relación a la cuestión de los topes de ley, la Cámara confirma lo resuelto en primera instancia, en línea con los fallos de la CSJN, y no se expide en forma expresa sobre ese aspecto."
"El tribunal rechaza la aplicación del plazo de prescripción del artículo 82 de la ley 18.037, dado que la ANSeS no contestó oportunamente la demanda, en línea con la doctrina de la CSJN en el precedente 'Domínguez'."
"Finalmente, se confirma la imposición de costas a la demandada, por ser sustancialmente vencida, y la declaración de oficio de la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/
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