Logo

CORTEVA AGRISCIENCE ARGENTINA SRL c/ EN-AFIP-DGA-SIGEA 12542-1121-2018-RESOL 259/22 s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

La Cámara Federal de Rosario confirmó la resolución que declaró la extemporaneidad de la demanda y rechazó la acción, pero revocó la decisión y habilitó la instancia judicial, rechazando el planteo de improcedencia por la forma de inicio de la demanda, en línea con precedentes y principios de derecho processal.

Costas Recursos de apelacion Jurisprudencia Extemporaneidad Corte suprema Principio in dubio pro actione Honorarios. Presentacion electronica Demanda contenciosa administrativa Inicio electronico


¿Quién es el actor?

Corteva Agriscience Argentina SRL

¿A quién se demanda?

AFIP-DGA-SIGEA
- Objeto de la demanda: Impugnar la resolución administrativa del 8 de junio de 2022, y cuestionar la extemporaneidad de la acción judicial.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar al recurso de la actora y revocó la fallo que declaró la extemporaneidad y rechazó la acción, habilitando la instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Considerando que la Acordada 31/2020 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación establece que: 'Se considera fecha cierta de inicio de demanda o de cualquier otra presentación el día en que el letrado u otro sujeto legitimado presente efectivamente de manera electrónica ante el juzgado o tribunal el correspondiente escrito'. La actora presentó el formulario de inicio mediante remisión electrónica el 22 de junio de 2022, dentro del plazo de 15 días hábiles establecido en el artículo 1133 del Código Aduanero. Además, la jurisprudencia citada, como el precedente 'Molinos Cañuelas SACIFIA c/ AFIP', resulta aplicable al caso, y la decisión de no habilitar la instancia viola el principio 'In Dubio Pro Actione', vulnerando el derecho de defensa de la actora. La interpretación del tribunal en relación a la fecha de inicio de la demanda fue errónea, pues se confundió la digitalización del escrito con la presentación efectiva, lo cual contraviene la normativa y la jurisprudencia vigente." En los votos concurrentes, se sostiene que la presentación electrónica del formulario de inicio fue efectivamente realizada en tiempo y forma, y que la resolución que declaró la extemporaneidad debe ser revocada para garantizar el derecho de acceso a la justicia y la correcta interpretación del procedimiento.
- La decisión final fue confirmar la resolución en cuanto a las costas y regular los honorarios en el 10% de lo que se regule en primera instancia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar