DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD c/ ORDEN DE LA BIENAVENTURADA VIRGEN MARIA DE LA MERCED (ORDEN DE LA MERCED) s/EXPROPIACIÓN / RETROCESIÓN
La Cámara Federal de Córdoba rechazó el recurso extraordinario interpuesto contra una resolución en un proceso de expropiación, confirmando la decisión del tribunal de primera instancia y considerando que la disconformidad del recurrente no alcanza para justificar la apertura de la instancia extraordinaria conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema.
- Quién demanda: Dirección Nacional de Vialidad
¿A quién se demanda?
Orden de la Bienaventurada Virgen María de la Merced
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Expropiación / Retrocesión
¿Qué se resolvió?
Se denegó el recurso extraordinario por falta de requisitos para su admisibilidad y porque la disconformidad del recurrente con los criterios valorativos del tribunal no constituye una cuestión federal suficiente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia impugnada está suficientemente fundada en hechos y pruebas, y la mera discrepancia del apelante con los criterios del tribunal no configura arbitrariedad. La Corte Suprema ha establecido que las cuestiones de hecho y prueba, y las diferencias sobre la valoración de la prueba, no son susceptibles de revisión mediante el recurso extraordinario. Además, la discrepancia no demuestra una violación concreta a garantías constitucionales, sino una mera disconformidad. La alegación de arbitrariedad tampoco resulta suficiente, pues solo evidencia diferencias con las valoraciones del tribunal y no una violación de garantías constitucionales. La gravedad institucional invocada no se configura, ya que la disputa es sobre derechos patrimoniales sin trascendencia constitucional o social relevante.
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