COLACE, JORGE ALBERTO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Federal confirma la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de varias normas del impuesto a las ganancias aplicadas a haberes previsionales y ordenó el reintegro de las sumas retenidas, estableciendo que la acción es procedente y que la devolución debe hacerse en el plazo de prescripción de cinco años.
¿Quién es el actor?
Jorge Alberto Colace
¿A quién se demanda?
la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
- Objeto de la demanda: declaración de inconstitucionalidad de normas del impuesto a las ganancias que afectaban sus haberes previsionales, y solicitud de devolución de las sumas retenidas en exceso.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la demanda, se declara la inconstitucionalidad de los artículos 23 inc. c, 79 inc. c, 81 y 90 de la ley 20.628, y del art. 6 de la ley 27.725; se ordena la devolución de las sumas retenidas en exceso desde los cinco años anteriores a la promoción de la demanda, con intereses desde esa fecha. La Corte Suprema en la causa "García" estableció la doctrina que sustenta la decisión, y se confirma la sentencia apelada en todos sus términos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia se basa en la doctrina de la Corte Suprema en la causa "García" (Fallos: 342:411), que establece que la inconstitucionalidad de las normas impugnadas habilita la declaración de nulidad y la devolución de las sumas retenidas en exceso, sin necesidad de acreditar la confiscatoriedad del tributo. Además, se destaca que la acción es procedente incluso sin agotar la vía administrativa, y que los agravios relativos a las leyes 27.617, 27.725 y 27.743 fueron rechazados por no afectar la tutela del colectivo. La devolución se realiza en el plazo de prescripción de cinco años, con intereses desde la promoción de la acción.
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