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BORGHI SERGIO ALEJANDRO Y OTROS c/ EN-M° DEFENSA-EMGE-DI-DTO 2769/93 871/07 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la improcedencia de revisar la liquidación de intereses en un proceso que ya fue pagado, en virtud de que las actuaciones procesales posteriores al recurso hacen inoficioso el planteo. La Cámara declaró inoficioso el pronunciamiento respecto a la apelación de la parte demandada, confirmando la liquidación y ordenando las costas por su orden.

Costas Recurso de apelacion Sentencia Pago Liquidacion de intereses Inoficioso Camara contencioso administrativo Intereses devengados Procedimiento judicial.


- Quién demanda: La parte actora (los actores).

¿A quién se demanda?

En – M° Defensa – EMGE-DI – DTO 2769/93 871/07 y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la liquidación de intereses y que se reconozca que ya fueron pagados.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró inoficioso el pronunciamiento respecto a la apelación de la parte demandada, confirmando la liquidación aprobada y ordenando costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Desde esta perspectiva, no puede perderse de vista que la actuación procesal desplegada con anterioridad a la concesión del presente recurso torna insustancial un pronunciamiento sobre el punto, habida cuenta de que el depósito efectuado representa el importe de intereses adeudados por la parte demandada, conforme la liquidación aprobada en la anterior instancia." "Las sentencias deben ceñirse a las circunstancias existentes al momento de ser dictadas, y en el presente caso, la parte demandada acreditó el pago de los intereses mediante depósito, lo que hace innecesario un pronunciamiento adicional."

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