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ADAN, VICTORIA FRANCISCA c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA - EJERCITO ARGENTINO s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

La Cámara Federal de Córdoba modificó la regulación de honorarios del letrado en base a los parámetros de la ley arancelaria, ajustando los montos a la normativa vigente y rechazando argumentos de excesividad, en un proceso de regulación de honorarios en un proceso judicial.

Honorarios Apelacion Regulacion de honorarios Uma Justicia federal Camara federal Ajuste arancelario Cordoba Ley 27.423 Fase del proceso


- Quién demanda: Victoria Francisca Adán (actora)

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Ejército Argentino (demandado)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales del letrado Félix E. Juárez por tareas en distintas etapas del proceso.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la regulación de honorarios en 11,54 UMA para la segunda y tercera etapa del proceso, considerándola ajustada a derecho, y modificó la regulación de primera instancia a 12,04 UMA, ya que la anterior excedía los límites permitidos por la ley arancelaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La regulación de honorarios debe ajustarse a los parámetros de la ley arancelaria, considerando la complejidad, naturaleza y mérito de la labor profesional. La regulación en primera instancia fue justa y dentro de los límites legales. La estimación inicial para la segunda y tercera etapa, de 11,54 UMA, excedía el monto máximo permitido, por lo que se ajustó a 12,04 UMA, que resulta adecuado, justo y equitativo." Además, se estableció que las costas se imponen por su orden y que no se regulan honorarios por el incidente, dado que actuó por derecho propio.

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