CABRAL, JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Cámara Federal de Córdoba confirma la sentencia de primera instancia que ordenó el reajuste del haber de Juan Carlos Cabral conforme a la doctrina “Elliff” y la aplicación del índice I.S.B.I.C., sin modificar la decisión respecto a la constitucionalidad de la Ley 27.426 ni la imposición de costas.
¿Quién es el actor?
Juan Carlos Cabral, beneficiario de un retiro transitorio por invalidez desde 2000.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber inicial y actualización conforme a la jurisprudencia “Elliff” y la aplicación del índice I.S.B.I.C., además de la declaración de exención del Impuesto a las Ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a ANSES a calcular y reajustar el haber según las pautas señaladas, aplicando la jurisprudencia “Elliff” y el índice I.S.B.I.C., y rechazó los agravios respecto a la constitucionalidad de la Ley 27.426 y la retención del Impuesto a las Ganancias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara recordó que la doctrina “Elliff” y la aplicación del índice I.S.B.I.C. ya han sido ratificadas en varias causas anteriores, y que la cuestión de la constitucionalidad de la Ley 27.426 fue analizada en precedentes, concluyendo que no es procedente modificar la sentencia en ese aspecto. Además, se afirmó que la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostiene la autoridad de sus precedentes en materia de retención del Impuesto a las Ganancias, por lo que no prosperan los agravios del recurrente.
- La Cámara también resaltó que la imposición de costas se ajusta a la normativa vigente, dado que la parte actora no contestó agravios y la Ley 27.423 regula la materia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: