Logo

TREVIN DIAZ MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y confirma en parte la resolución de primera instancia, en un caso de reajustes previsionales, considerando la constitucionalidad de las leyes y la competencia del Congreso en la fijación de índices de movilidad.


- Quién demanda: María Trevin Díaz

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios en beneficios previsionales, actualización del haber, diferencias en pagos, inconstitucionalidad de ciertos decretos y leyes, y reconocimiento de derechos previsionales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca parcialmente la sentencia y rechaza la mayoría de los agravios, confirmando la constitucionalidad de las leyes 24.241, 26.417, 27.426, 27.541 y 27.609 respecto de los índices de movilidad y actualización de haberes previsionales, en particular, declara la inconstitucionalidad del Decreto 807/16 y la Resolución 56/2018, por ser contrarias a la Constitución, y establece la aplicación de los índices y fórmulas previstas en las leyes vigentes. Además, dispone que las diferencias resultantes deben abonarse y regula costas y honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Considerando, además, que los jueces no se hallan compelidos a seguir a las partes en todas las argumentaciones o razones aducidas, ponderando una por una y exhaustivamente, sino solo aquellas que guarden relación con lo decidido y que se consideren esenciales y decisivas para fundar sus conclusiones y llegar a la justa dilucidación del litigio. (Fallos 300:535, 302:253, entre otros). En relación con la actualización del haber previsional y el índice de movilidad, la Cámara sostiene que la competencia del Congreso para establecer los índices es constitucional y que las leyes que modifican estos parámetros, aunque tengan efectos retroactivos, no vulneran derechos constitucionales si se respetan las garantías del art. 14 bis y se ajustan a la interpretación del art. 7 del Código Civil y Comercial. La declaración de inconstitucionalidad del Decreto 807/16 y de la Resolución 56/2018 se fundamenta en que dichas normas fueron dictadas sin competencia constitucional y en que afectaron derechos adquiridos. La Cámara reafirma que la ley 26.417 y sus reglamentaciones son constitucionales y que la ley 27.426, al modificar los índices, no viola derechos constitucionales, ya que el derecho a la movilidad se devenga en las fechas en que el legislador dispuso, y no en meses anteriores. Asimismo, se destaca que los agravios relativos a la inconstitucionalidad de otras leyes y resoluciones son rechazados, en virtud de la doctrina de la Corte Suprema y la jurisprudencia constitucional, que exige la demostración clara de cómo la norma viola la Constitución. Por último, se orden

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar