KARAVASKI ERNESTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó los agravios del actor respecto a la actualización de su beneficio previsional y la aplicación de leyes y normas constitucionales en la determinación de la movilidad del haber, manteniendo la decisión de recomposición del haber del titular.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora demanda la actualización de su beneficio previsional y cuestiona la aplicación de la ley 27.426 y otros instrumentos normativos, así como la metodología de recálculo del haber. La Cámara sostiene que la decisión de recomposición del haber, levantada la suspensión prevista por la ley 27.541, quedó firme y no fue cuestionada en esta instancia. La Sala también analiza y desestima los agravios constitucionales sobre la ley 27.426 y la constitucionalidad del índice IPC, remitiéndose a precedentes de la Corte Suprema y esta Cámara que refuerzan la facultad legislativa para determinar la movilidad previsional y la valoración del art. 14 bis de la Constitución Nacional. Además, ratifica que las normas de emergencia y las leyes de movilidad del haber, en virtud de la fecha de adquisición del derecho, son plenamente aplicables al caso y no resultan inconstitucionales. En relación a la discusión sobre el índice IPC, se remarca que la Corte ha definido que la garantía del art. 14 bis no especifica procedimientos y que corresponde al legislador definir la metodología. Finalmente, se imponen costas por su orden en la alzada y se regula honorarios en un 30% de lo que se regule en la instancia anterior.
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