NUÑEZ RAMON SOLANO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia que ordenó aplicar el precedente “Badaro” y declaró la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463, resolviendo en su lugar conforme a los precedentes “Villanustre” y otros, y confirma la exención del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa involucra a Ramón Solano Nuñez, quien obtuvo jubilación excepcional en La Rioja desde 1996. La sentencia de primera instancia ordenó aplicar el precedente “Badaro” y declaró la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463, además de eximir el pago del impuesto a las ganancias. La parte actora cuestionó la aplicación del fallo “Villanustre”. La demandada cuestionó la inconstitucionalidad del art. 9 y el tratamiento fiscal. La Cámara revoca parcialmente la sentencia, remitiéndose a los precedentes de la Corte, y establece que la suscripción del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de La Rioja al Estado Nacional implicó la derogación de normas locales y la sustitución de la relación proporcional entre haberes de pasividad y actividad por la movilidad de las leyes 24.241 y 24.463. La Sala resalta que la posición de la Corte en “Villanustre” debe ser considerada en el cómputo final, y ratifica la exención del impuesto a las ganancias por la naturaleza social del reclamo, en línea con fallos anteriores. Además, confirma las costas en ambas instancias y regula los honorarios de la parte actora en un 30% de lo que se reconozca en la instancia de alzada.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: