CINCOVIAL SA c/ EN-DNV s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revocó parcialmente la sentencia que condenaba a la DNV al pago de intereses por mora en certificados de obra, limitando la condena a los certificados con reserva en la liquidación final y ajustando la imposición de costas.
- Quién demanda: Cincovial SA
- A quién se demanda: Dirección Nacional de Vialidad (DNV)
- Qué se reclama: Fijación judicial de plazo y condena al pago de intereses por mora en certificados de obra pública, incluyendo intereses generados por pagos en mora y costas.
- Qué se resolvió: Se admitió parcialmente la demanda, limitando la procedencia a los certificados específicos que contaron con reserva en la liquidación final y rechazando el resto. Se confirmó la liquidación y el método de cálculo de intereses, manteniendo la imposición de costas en el orden causado.
- Fundamentos principales:
"Para la procedencia de una pretensión como la aquí deducida, corresponde que la parte actora acredite la existencia de mora en el pago de los certificados, que dicha demora sea imputable a la demandada, y que el crédito por intereses sea exigible. En este caso, la mora resulta acreditada en los certificados individualizados, con base en los registros del OCCOVI y en los plazos establecidos en las condiciones contractuales. Sin embargo, la exigibilidad del interés requiere que exista reserva expresa en la liquidación final, la cual solo fue presentada respecto de ciertos certificados, por lo que solo en esos casos procede la demanda de intereses."
"Respecto a la tasa de interés, la Corte Suprema ha señalado que la prevista en el art. 48 de la ley 13.064 resulta de aplicación tanto a intereses devengados antes como después de la cancelación del capital, en concordancia con las resoluciones administrativas y la doctrina jurisprudencial."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: