M. L. A. S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires confirma la sentencia de condena por delitos sexuales y rechaza el recurso de casación por improcedente
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa involucra a L. A. M., condenado a once años de prisión por abusos sexuales agravados, en perjuicio de menores. La defensa interpuso recurso de casación alegando violaciones en la valoración de la prueba audiovisual y en el procedimiento del jurado. La Cámara analizó estos agravios, concluyendo que la prueba audiovisual fue correctamente excluida por su irrelevancia, y que las consultas reservadas del jurado no vulneraron el debido proceso, ya que las partes tuvieron oportunidad de intervenir y consentir las explicaciones. Además, el tribunal consideró que la valoración de la agravante por situación de vulnerabilidad fue adecuada y que no existieron errores en la individualización de la pena. La Cámara resolvió rechazar el recurso, confirmando la sentencia condenatoria.
Fundamentos principales:
- La exclusión del material audiovisual fue motivada por la jueza, quien consideró que no resultaba pertinente para los delitos contra la integridad sexual, y la defensa no acreditó que su rechazo cercenara un aspecto sustancial de su teoría del caso, ni que hubiera condicionado la decisión del jurado.
- La consulta del jurado respecto de los formularios fue tramitada con la anuencia de las partes y en presencia de ellas, sin que se configure una irregularidad que vulnere el derecho de defensa. La explicación brindada fue registrada y consentida, sin que exista disidencia o oposición que pueda constituir un vicio.
- La valoración de la situación de vulnerabilidad en la pena fue correcta, ya que fue considerada como un plus de injusto que incrementa la gravedad del hecho, sin que ello implique doble valoración.
- La pena impuesta se encuentra en los márgenes legales y adecuadamente fundamentada, en atención a la gravedad de los delitos y la vulnerabilidad de las víctimas.
- La impugnación por nulidad del veredicto fue desestimada por no acreditar un agravio cierto ni una afectación concreta del derecho de defensa.
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