FARIAS JUAN EZEQUIEL C/ BOSCAROL HUGO DANIEL Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, modificando los montos indemnizatorios por incapacidad, daño moral y gastos de traslado, y confirma la suma para tratamiento psicológico, con intereses desde la fecha del hecho. La decisión se fundamenta en la insuficiente fundamentación de la sentencia de grado y en los criterios para la cuantificación del daño.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La apelante, La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada, cuestiona la cuantía de las indemnizaciones otorgadas en primera instancia por daños derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 14/02/2015. La Cámara señala que la sentencia de grado no brindó parámetros objetivos para justificar los importes, y que la fundamentación fue insuficiente, en contravención a los artículos 2 y 3 del Código Civil y 163 inc. 5 y 6 del Código Procesal. Se revisan y ajustan los montos de indemnización por incapacidad física ($ 54.000.000), daño moral ($ 20.000.000), gastos de tratamiento ($ 500.000), y gastos de traslado y medicamentos ($ 200.000), además de establecer intereses del 6% anual desde la fecha del accidente y la tasa activa del Banco de la Provincia para mora. La Cámara concluye que la sentencia de grado debe ser parcialmente revocada en estos aspectos, manteniendo la suma para tratamiento psicológico ($ 936.000).
Fundamentos principales:
- La sentencia de primera instancia no justificó los montos indemnizatorios con parámetros objetivos, vulnerando los artículos 2 y 3 del Código Civil y el art. 163 inc. 5 y 6 del Código Procesal.
- La aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (C.E.R.) fue rechazada, y en su lugar, se aplican intereses del 6% anual desde la fecha del accidente, conforme a jurisprudencia de la SCBA.
- La valoración del daño moral se realizó considerando la gravedad de las lesiones, las cirugías mayores y el sufrimiento de la víctima, estimando la suma en $ 10.000.000.
- La cuantificación del daño por incapacidad física se realizó mediante una fórmula polinómica, ajustada para la edad del actor (16 años) y el período de vida esperado.
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